El Gobierno de España aprobó y ha puesto en marcha el Ingreso Mínimo Vital, una renta mínima que busca ayudar a las familias con menos ingresos. En este artículo repasamos las claves en torno a esta medida y daremos respuesta a las preguntas más comunes. El Ingreso Mínimo fué aprobado en el último Consejo de Ministros de mayo, y se trata de una prestación para los hogares más vulnerables. Cumple así in extremis un compromiso del acuerdo entre el PSOE y Unidas Podemos pese al tira y afloja entre ambos socios. El presidente Pedro Sánchez reiteró que la Renta Mínima se podrá empezar a cobrar en junio y llegará a unos 850.000 hogares. Los detalles se han publicado en el BOE (en pdf) y entró en vigor el 1 de junio.
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?
La renta mínima vital o ingreso mínimo vital es una renta básica aprobada por el Gobierno y dirigida a los hogares en una situación de «pobreza severa», que cifran en un 20%. En España hay 1,1 millones de hogares con todos sus miembros en paro, y casi 600.000 que no tienen ningún tipo de ingreso, según la Encuesta de Población Activa.
Requisitos: ¿Quién podrá solicitár la renta mínima?
Los requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital son varios. En cualquier caso, la ayuda es para una familia, no por personas, por lo que será solo uno de los miembros adultos de la unidad de convivencia quien la solicite aunque se tengan en cuenta los ingresos de varios. Además, la Seguridad Social ha habilitado un simulador para comprobar si se cumplen los requisitos de acceso a la ayuda.
Los requisitos son:
– Tener entre 23 y 65 años, salvo que haya menores a cargo, y acreditar residencia legal y efectiva en España de forma ininterrumpida durante al menos un año antes de la solicitud.
– Además de la tipología del hogar, las cuantías de esta ayuda dependerán de la renta y del patrimonio familiar, excluida la vivienda habitual. En principio, podrán acceder a la renta mínima las personas que en su declaración de la renta de 2019 acrediten no llegar a la Renta Mínima Garantizada. Sin embargo, aquellas que hayan visto caer sus ingresos más de un 50% en 2020, podrán solicitarla aportando una Declaración Responsable.
¿Cuál es la cuantía de la prestación?
La ayuda del ingreso mínimo vital irá de los 462 a los 1.015 euros por hogar, una cuantía que depende de si se tiene a personas mayores o hijos a cargo, y de los ingresos declarados en 2019. De este modo, la ayuda contempla un aumento de 139 euros por cada conviviente así como un suplemento de 100 euros al año para las familias monoparentales.
¿Cuándo se cobrará el Ingreso Mínimo Vital?
Este 1 de junio ha entrado en vigor el Ingreso Mínimo Vital aunque no podrá solicitarse hasta el 15 de junio. Quienes pidan la ayuda entre el 15 de junio y el 15 de septiembre la cobrarán tomando como referencia el primer día de funcionamiento. Mientras que aquellos que lo pidan más tarde, cobrarán la ayuda el mes siguiente.
¿Cuándo y cómo solicitar la ayuda?
La Renta Mínima Vital se podrá solicitar a partir del próximo 15 de junio en la sede electrónica de la Seguridad Social.
¿Cómo se comprobará el nivel de renta?
A los solicitantes se les hará un test de patrimonio neto, ingresos menos deudas,y se descontará el valor de la vivienda habitual. El límite de patrimonio aumenta en función del número de personas del hogar y parte de 16.614 euros para una persona que viva sola, hasta 43.196 euros en el caso de una familia de cuatro personas. Escrivá ha indicado que el patrimonio neto no debe exceder en tres veces la renta anual percibida.
¿Qué ingresos sirven de referencia?
De forma general, el cálculo se realizará sobre los ingresos del año anterior. En este ejercicio, como la crisis sanitaria ha provocado un empobrecimiento súbito de muchas familias, se podrá acceder al IMV con una declaración responsable si la proyección de ingresos anuales cae por debajo del umbral de renta garantizada. No se tendrán en cuenta las ayudas económicas públicas finalistas que hayan sido concedidas para cubrir una necesidad específica (becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares).
¿Quién controla que se cumplan los requisitos?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social que vigilará los requisitos y que los hogares sean reales, es decir, que no se generen de forma «espúrea» para cobrar la renta mínima lo que se comprobará con el libro de familia y el padrón municipal. Además es necesario presentar la declaración de la renta. Las ayudas quedan anotadas en el registro de prestaciones sociales públicas al que sustituirá una «tarjeta social digital».
¿Puedo trabajar y cobrar la renta mínima?
Sí, el empleo es compatible con el ingreso mínimo vital durante un tiempo, pero el Ministerio de Seguridad Social aún no ha detallado los plazos. El vicepresidente segundo ha especificado que la prestación no disminuirá en la misma cuantía que el salario para no desincentivar la inserción laboral y evitar la «trampa de la pobreza» (elegir entre aceptar un empleo o cobrar una prestación). La ayuda va ligada a la búsqueda activa de trabajo.
Me independizo para ir a la Universidad ¿puedo cobrarla?
No, uno de los requisitos es tener más de 23 años y haber cotizado al menos un año por lo que no pueden pedirla de forma indiscriminada todos los estudiantes universitarios españoles que estudien fuera de casa. Eso sí, los beneficiarios a quienes se reconozca dicha condición entre junio y diciembre no pagarán los precios públicos por servicios académicos universitarios para cursar estudios oficiales durante el curso 2020-2021.
¿Es compatible con las ayudas de las CC.AA.?
Sí. El Gobierno ha consensuado con las comunidades autónomas que el ingreso mínimo sea “el mínimo de arranque” que después puede ser complementando con otras ayudas autonómicas ya existentes. Navarra y el País Vasco gestionarán el IMV y a partir de 2021 lo podrían gestionar otras CC.AA, ya lo han pedido Madrid, Andalucía, Galicia, Comunidad Valenciana, Aragón, Cantabria y Castilla y León.
¿Se eliminan otras ayudas estatales?
Sí. Se reordenan las ayudas estatales cuyos objetivos se solapan con los del IMV. Se elimina la actual prestación de la Seguridad Social por hijo o menor acogido a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento.
¿Se cobra en otros países?
Sí, tienen programas similares a la renta mínima países como Reino Unido, Francia, Alemania, Bélgica o Italia (que la aprobó en 2019). En países nórdicos, como Finlandia o Dinamarca, el ingreso mínimo es un derecho social asentado.
¿Colaboran las empresas?
Los beneficiarios tendrán itinerarios de inclusión flexibles y adaptados a su situación. El sector privado participará en el diseño de estos itinerarios. Un sello de inclusión social acreditará a todas las empresas que ofrezcan oportunidades de empleo y formación a los perceptores del ingreso mínimo.